MENDOZA: EL SENADOR GUSTAVO ARENAS ANUNCIÓ QUE ESTÁ VIGENTE LA LEY QUE CONDONA DEUDAS DE ENTIDADES Y CLUBES BARRIALES SIN FINES DE LUCRO

Ago 29, 2014 | Política deportiva

 

 

Senador Arenas

El arranque por tercer año consecutivo de las clases libres y gratuitas de tenis de mesa para niños y adolescentes en el recuperadoClub Social y Deportivo Juventud Pedro Molina, de Guaymallén, el fin de semana pasado, fue el marco propicio para que elsenador provincial Gustavo Arenas (FPV-PJ) anunciara que está vigente la ley provincial Nº 8.509, creada por él, la cual establece que a las instituciones barriales sin fines de lucro que desarrollen actividades abiertas a la comunidad no se les pueden embargar ni ejecutar bienes y se les deben condonar deudas contraídas con anterioridad.

 También destacó el legislador justicialista que, para hacer efectiva la condonación de deudas, las autoridades de las entidades barriales pueden recibir asesoramiento legal y administrativo gratuito en su oficina, ubicada en el primer piso del anexo del Senado de Gutiérrez 51 de Ciudad, o llamando al teléfono 4493987, de lunes a viernes en horario de 9 a 14.

Detalles de la norma

 La ley provincial Nº8.509 ­–creada por el senador Gustavo Arenas, ­sancionada por la Legislatura el 28 de noviembre de 2012 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 18 de diciembre del mismo año– modifica los artículos 1, 2 y 3 de la norma Nº6.858 para ampliar hacia las entidades barriales los beneficios con los que antes sólo contaban los clubes de fútbol.

 Así, su artículo primero establece: “Declárense inembargables e inejecutables los bienes muebles e inmuebles que estén afectados a fines deportivos o recreativos y que sean propiedad de entidades sociales y deportivas sin fines de lucro, inscriptas y regularizadas ante la Dirección de Personas Jurídicas, y se encuentren afiliados a ligas, asociaciones o federaciones provinciales y/o nacionales debidamente conformadas por organismo competente”.

A continuación marca que “los ingresos corrientes de las entidades comprendidas en la presente ley sólo serán susceptibles de embargos hasta el máximo total 20% de los mismos, exceptuándose los provenientes de subsidios públicos o privados”.

Finalmente, el tercer artículo declara: “Condónanse las deudas que mantengan las entidades comprendidas en esta ley, en concepto de impuestos provinciales y de servicios públicos, cuya percepción esté a cargo de la Provincia».

 En simultáneo, las exenciones impositivas están contempladas en el artículo 74 del Código Fiscal de Mendoza, el cual aclara que “están exentos de impuestos”, entre otros ámbitos, “los clubes deportivos con personería jurídica” y “entes con personería jurídica constituidos como entidades sin fines de lucro que se dediquen exclusivamente al cumplimiento de funciones dirigidas a discapacitados, minusválidos, jubilados, pensionados y dependientes a la droga, alcohol y similares, en lo referente a su educación, ayuda y/o rehabilitación”.

También abarcan a las “entidades no gubernamentales cuya actividad sea la atención a sectores en desamparo, niños, adolescentes, ancianos y mujeres cabezas de familia”.

 

Movimiento para la Recuperación de Clubes Barriales

 El asesoramiento brindado desde la oficina del representante de la Cámara Alta local se da en el marco de las acciones desplegadas por el Movimiento para la Recuperación de Clubes Barriales, un ámbito creado por el mismo legislador con la intención de ayudar a salvar a esas instituciones que estén en riesgo de desaparición.

 Esto se debe a que en Mendoza hay muchas entidades de ese tipo que funcionan como ámbitos de contención por brindarle a una gran cantidad de vecinos importantes actividades deportivas, sociales y educativas, entre otras, y que sin embargo corren riesgo de ser cerradas y desaparecer como consecuencia de complicadas situaciones financieras.

 A raíz de esta situación, reflejada lo sucedido con el club Pedro Molina, que pudo ser recuperado con la colaboración de los vecinos de esa zona, la Comuna de Guaymallén, el Poder Ejecutivo y la Legislatura provincial, el legislador justicialista concretó el Movimiento para la Recuperación de Clubes de Barrio para evitar los cierres de esos importantes espacios de desarrollo y aprendizaje comunitarios.

 Al respecto, se está elaborando un registro de todos los clubes sociales y deportivos de Mendoza que deseen recibir asesoramiento y ayuda para ser recuperados, por lo que las entidades interesadas en participar pueden comunicarse al teléfono 4493987, de lunes a viernes en horario de 9 a 14, o enviar la información necesaria al correo electrónico contacto@gustavoarenas.com.ar.

 

 Fuente: Prensa Senador

29 agosto de 2014

https://www.facebook.com/gustavo.arenas.980967

 

 

 

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