CATAMARCA: Declaran al montañismo actividad deportiva, de interés cultural y socio-recreativo

Jul 23, 2018 | Región VI

 

A través de un proyecto en la Cámara de Diputados.

 
20180723Catamarca 
 

La Cámara de Diputados dio media sanción en su sesión de hoy a un proyecto de ley de autoría del presidente del cuerpo, Fernando Jalil, el diputado Carlos Molina Olveira y el diputado mandato cumplido Miguel Vázquez Sastre, que declara al montañismo actividad deportiva, de interés cultural y socio-recreativo; reconociendo su influencia y aporte positivo en las tareas de exploración científica, ambiental, educativa y de desarrollo humano.

Al fundamentar el proyecto el diputado Fernando Jalil señaló que “la actividad del montañismo, históricamente es considerada como una actividad de índole amateur y sin fines de lucro, pero considerando nuestro entorno natural para la práctica del montañismo como deporte, es que podemos considerarla como un factor para fomentar el turismo y las economías regionales, a través de esta normativa que regula la actividad y eleva el estándar para la realización de diversos eventos al respecto”.

 

Alcance

Explicó que en el artículo 2º de la presente ley, se define el alcance de la actividad del montañismo. En este sentido dijo que se considera actividades de montañismo al senderismo, trekking, el ascenso y la escalada.

“Estas diversas actividades englobadas dentro del montañismo es lo que consideramos como relevante a la hora de presentar nuestro entorno natural catamarqueño al país y al mundo”, dijo.

Explicó luego algunos puntos sobresalientes del proyecto de ley. “En lo que respecta a la utilidad de servidumbre de mero recreo, corresponde destacar que este derecho surgió para garantizar el acceso a la naturaleza e implica poder transitar y pernoctar temporalmente en terrenos abiertos de propiedad privada, siendo el usuario responsable por su seguridad”, sostuvo.

“Esta servidumbre de “mero recreo”, es una servidumbre positiva, personal, forzosa, que justamente tiende a respetar el tránsito con fines recreativos de disfrute.”, manifestó. 
Idoneidad física y moral.

También dijo que el proyecto abarca un doble aspecto: la idoneidad física y moral, requisitos para que un individuo esté cualificado para llevar a cabo una determinada actividad, y en algunos casos, se suele exigir la presentación de un certificado.
“Lo que se pretende aquí es a los efectos de establecer un control sobre todas aquellas personas que deseen realizar ascencionismo o escalada, dado el riesgo que tales actividades implican.

En este caso quedan excluidas, el senderismo y el trekking, dado que muchas personas ante las peculiares características geográficas de nuestra Provincia, se ven obligadas a llevar adelante su práctica para trasladarse de un lugar a otro”, agregó.

“La acreditación de idoneidad será otorgada por el Organismo de Aplicación, brindando la posibilidad de esta forma, a los montañistas no integrados a ninguna organización, que la obtengan por medio de organismos estatales.

Dada la notable confusión existente, vale la pena dejar expresamente aclarado que es “distinto” el Montañismo de las actividades turísticas y que el factor diferenciador fundamental es “el fin de lucro”.

Por ello, todas las actividades mencionadas en las que haya “pago” a una persona física o jurídica, dejan de estar alcanzada por esta ley y pasan a estar alcanzadas por las normas turísticas, de guías, de defensa del consumidor, y otras normas relacionadas”, dijo Jalil.

Acceso

De acuerdo al proyecto de ley, el acceso a la práctica del montañismo en la provincia tendrá dos condiciones:
1. la idoneidad acreditada ante el Organismo de Aplicación 
2. el respeto a las restricciones normativas existentes (o sea el respeto a las leyes ya vigentes).

“Estas restricciones para la práctica garantizan el respeto a los derechos adquiridos (por ejemplo, por títulos de una propiedad privada), fomentan la responsabilidad en la práctica del deporte, así como la gratuidad en la asistencia ante situaciones de emergencia o rescate”, mencionó Jalil.

“El presente proyecto, pretende regular la actividad de montañismo, incluyendo la práctica de los rescates, que hace poco tuvimos el honor de expresar nuestro beneplácito por la tarea llevada a cabo por nuestros rescatistas”, sostuvo Jalil tras lo cual agradeció a la Secretaria de Turismo Lic. Natalia Ponferrada, a la Agrupación de Montaña Calchaquí y montañistas independientes de Córdoba y Buenos Aires, a Héctor Quiñas y Fernando Martínez asesores del proyecto, a los asesores de la Secretaria de Turismo; Marcos D’Alessandro y Ricardo Guido Lavalle, que fueron los promotores del desarrollo de esta idea.

En el mismo sentido se refirió el diputado Carlos Molina quien destacó el trabajo y debate dado para concluir en esta media sanción. En la oportunidad estuvieron presentes en el recinto la presidente de la Agrupación Montaña Calchaquí, Virginia Albornoz y Marco Alessando, director de Proyectos Especiales, de la Secretaría de Turismo.

Fuente: Catamarca Actual

11 julio de 2018

https://www.catamarcactual.com.ar/politica/2018/7/11/declaran-montaismo-actividad-deportiva-inters-cultural-socio-recreativo-159521.html. 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Artículos relacionados

Artículos